¿Qué cubrimos?
Este seguro ofrece tres módulos. Puede tomar los que desee según las necesidades y características de tu empresa.
Módulo 1
Respaldo económico para los bienes de tu empresa: los elementos que sean propiedad de tu negocio o estén bajo tu cuidado, estarán protegidos frente a las pérdidas o daños materiales que sufran en diferentes eventos.
Asegura tu local o inmueble, mercancías, contenidos muebles, dinero, máquinas y equipos hasta por el 100 % de su valor económico.
Cuenta también con dos coberturas adicionales:
- Auxilio por interrupción: equivale al 10 % de la pérdida cubierta por el seguro. Si perdiste varios bienes por un evento natural cubierto, este auxilio le ayudará a aliviar la reducción de ingresos mientras retoma la operación normal de su empresa.
- Gastos adicionales: si tuviste que incurrir en gastos para evitar la propagación de los bienes afectados en un siniestro, remover escombros o reproducir información que estaba en documentos afectados, le pagaremos 10 % adicional a la indemnización que recibirá de SURA.
Eventos cubiertos | Respaldo económico | Auxilio por interrupción | Gastos adicionales |
---|---|---|---|
Desastres naturales: terremoto, lluvias, inundaciones, avalanchas, deslizamientos, vientos fuertes, erupción volcánica y maremoto. | 100 % | ||
Incendios o explosiones y daños ocasionados por humo. | 100 % | ||
Agua proveniente del interior o exterior de tu negocio. | 100 % | ||
Impacto de objetos. | 100 % | ||
Vandalismo y terrorismo. | 100 % | ||
Robo de los bienes protegidos. No incluye el hurto de dinero sin violencia. | Valor acordado cuando tome el seguro | ||
Transporte de mercancías por vía terrestre dentro del territorio nacional. | Valor acordado cuando tome el seguro |
¿Qué bienes y eventos no protegemos?
- Asentamientos o movimientos del terreno derivados de eventos diferentes a terremoto o deslizamientos.
- Apropiaciones de terceros ocurridas después de las 72 horas siguientes a un desastre natural y que sean consecuencia directa o indirecta de este.
- Guerras, usurpaciones, confiscaciones, apropiaciones o actos de autoridad legalmente constituida.
- Reacciones nucleares, radiaciones, armas químicas, biológicas y fenómenos electromagnéticos.
- Rayo, cortocircuito, daño interno o introducción de cuerpos extraños (esta exclusión solo aplica a los daños que por estos eventos sufran las máquinas o equipos).
- Pérdidas de información, mal funcionamiento de software, hardware o virus en equipos de cómputo.
- Vicio propio, descomposición natural, putrefacción, combustión espontánea y mermas, evaporaciones o filtraciones por el simple paso del tiempo, fluctuaciones naturales de temperatura o por pérdidas en la cadena de frío.
- Demoras y pérdidas de mercado, pérdidas de ingresos o utilidad y faltantes de inventarios.
- Cuando transporte bienes protegidos, no estará cubierto ningún daño material causado por roedores, plagas u organismos vivos. Tampoco cuando no se haya dejado constancia de la cantidad, estado y condición de los bienes en el documento de transporte ni por haber enviado los bienes en mal estado o en un empaque inadecuado.
Módulo 2
Respaldo económico por la afectación a terceros: tu empresa puede causar perjuicios a tus empleados, clientes u otras personas en el desarrollo de las actividades. Nosotros asumiremos las indemnizaciones que se deban pagar para que tu patrimonio y tu tranquilidad no se afecten.
Coberturas | Respaldo económico |
---|---|
Daños a terceros. | 100 % |
Accidentes de trabajo: pagaremos las afectaciones en exceso de la EPS, la ARL u otro seguro. | 100 % |
Productos defectuosos o inseguros: cubriremos los daños o lesiones que se le produzcan de forma directa a una persona cuando se le entregue un producto de tu empresa. | 100 % |
Daños al inmueble arrendado: si se le generan daños al local que tienes arrendado para el desarrollo de las actividades de tu organización, nosotros asumimos el costo de los arreglos. | 100 % |
Gastos de defensa: si debes contratar los servicios de un abogado para defenderse ante una reclamación por una de las responsabilidades cubiertas por este seguro, pagaremos los honorarios y gastos razonables siempre y cuando hayas solicitado autorización por escrito a SURA. | 100 % |
Gastos médicos: si un tercero sufrió un accidente en tu empresa y se le debe brindar atención médica dentro de las 24 horas siguientes al momento del hecho, pagaremos los gastos en los que incurra tu empresa. No se incluyen acá tus empleados. | Hasta 5 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) |
¿Qué no cubrimos?
- El incumplimiento de obligaciones contractuales (esta exclusión no incluye la obligación de preservar la integridad de las personas y sus bienes).
- Perjuicios que no se deriven de un daño material o lesión personal.
- Responsabilidad profesional.
- Perjuicios causados fuera de Colombia.
- Contaminación paulatina o daño a los recursos naturales.
- Infección o enfermedad padecida por los dueños, representantes de la empresa u otros empleados.
- Hurto, daños o desaparición de bienes ajenos que tu empresa tenga bajo su control, cuidado y custodia (esta exclusión no incluye los daños causados al inmueble arrendado).
- Multas o sanciones.
- Reacciones nucleares, radiación o explosión nuclear o contaminación radioactiva.
- Daños genéticos o por organismos genéticamente modificados o nanotecnología.
- Desaparición o hurto.
- Transporte o almacenamiento de hidrocarburos o mercancías peligrosas.
- Vibración de terrenos, excavaciones, remoción de tierras o debilitamiento de cimientos de edificaciones.
- Uso del asbesto o amianto.
- Uso o tenencia de vehículos o los daños que pueda sufrir mercancía transportada en estos.
- Mezcla, transformación o unión de los productos fabricados o entregados por tu empresa con otros hechos por terceros.
- Pactos que comprometan tu responsabilidad civil más allá de lo que establece el régimen legal.
- Responsabilidades ajenas cuando por convenio o contrato se sustituya al responsable original.
- Terrorismo.
- Accidentes de trabajo (incluidos aquellos que se generen con culpa grave del empleado).
- Enfermedades laborales, endémicas, epidémicas o por sobresfuerzos.
- Incumplimiento de obligaciones laborales (contractuales, convencionales o legales, diferentes a las que dan lugar a la responsabilidad por accidentes de trabajo).
- Productos defectuosos (con falta de calidad o que no puedan desempeñar la función para la que están destinados, detectados con anterioridad a la entrega, suministro o utilización; en fase experimental o cuando no se cumplan las reglas de la técnica para utilizarlos; que no tengan permisos o licencias de las autoridades respectivas, para industrias aeronáuticas, cosméticas, farmacéuticas, veterinarias y ortopédicas).
- Bienes afectados que pertenezcan a tus empleados.
- Lesiones que hayan sido o hayan debido ser indemnizados por la ARL.
Tampoco podrás hacer uso de este respaldo cuando:
- La indemnización sea sancionatoria y no indemnizatoria, como los daños punitivos, por venganza, ejemplarizantes u otros de la misma naturaleza.
- Las víctimas sean los dueños de la empresa o tus parientes (abuelos, padres, hermanos, tíos, primos e hijos).
- Los daños sean causados a o por aviones, embarcaciones, aeromodelos o drones.
- Los daños sean causados a los bienes objeto de los trabajos ejecutados o servicios prestados o cuando estos bienes desaparezcan o sean hurtados.
- Los daños sean ocasionados a conducciones subterráneas de energía, gas, combustible, alcantarillado, teléfono u otro tipo de conducción subterránea.
Módulo 3
Asistencia: si en tu empresa ocurre un evento accidental que genere daños, nosotros enviaremos a un experto que haga las reparaciones que se requieran o reembolsaremos lo que estas cuesten con previa autorización. El servicio tiene un límite de diez eventos por vigencia, con un valor máximo por evento de dos saliarios mínimos mensuales legales vigentes.
Eventos cubiertos | Especialista | Reembolso | Incluido | No incluido |
---|---|---|---|---|
Plomería: restablecer suministro y evacuación de aguas cuando se haya roto una tubería al interior. | Costo de materiales y mano de obra. | Destaponamiento, impermeabilización, accesorios, afectaciones estéticas y tanques y equipos. | ||
Electricidad: restablecer la electricidad del local asegurado. | Costo de materiales y mano de obra. | Afectaciones estéticas, iluminación, transformadores, plantas, acometidas eléctricas y demás equipos. | ||
Cerrajería: restablecer el acceso o cierre externo del local asegurado. | Costo de materiales y mano de obra. | Restablecimiento del acceso a partes internas, excepto si hay alguien atrapado. | ||
Reemplazo de vidrios: estos deben formar parte del cerramiento externo del local asegurado. | Costo de materiales y mano de obra. | Vidrios decorativos, otros vidrios que no hagan parte del cerramiento, vitrales, cabinas de baño, acabados estéticos y domos. | ||
Seguridad: se presta si la seguridad del negocio está comprometida por no haber podido cumplir servicios de cerrajería o reemplazo de vidrios. | Vigilancia privada máximo dos días. | |||
Traslado de urgencia: si te encuentras fuera de la ciudad y debes regresar por un imprevisto que afecte el local asegurado, se reembolsará los gastos en que incurras en el desplazamiento de regreso. | ||||
Asistencia jurídica telefónica. | Asesoría básica telefónica. |
¿Qué empresas se pueden asegurar?
Empresas micro y pequeñas que quieran proteger el patrimonio con visión y compromiso, que desean proyectarse al futuro con la ayuda de un seguro económico y sencillo.
Tarifa del seguro
- El valor mínimo de la prima será medio salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV).
- La prima debe ser pagada dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que comienzan a operar las coberturas.
¿Cómo hacer una reclamación?
Somos conscientes de lo importante que es para tu empresa tener oportunamente la indemnización por cualquiera de los eventos cubiertos por el seguro, así que la gestión que debe hacer es fácil y rápida.
1. Informa el evento a SURA dentro de los tres días siguientes al momento en que ocurrió. Para ello puedes ingresar con tu usuario y contraseña a la cuenta en www.sura.com, contactar a tu asesor, llamar sin costo desde el celular al #888 o comunicarte al 437 88 88 si estás en Medellín, Bogotá o Cali. Marca 018000412617 para el resto del país. Por estos mismos medios SURA le informará los documentos con los que puedes soportar la reclamación.
2. Te pagaremos la indemnización a través de una transferencia electrónica o te notificaremos cuándo puedes hablar con tu asesor para que te informe dónde y cómo reclamar tu cheque.
Plazos y términos
- El valor asegurado máximo es de dos mil millones de pesos.
- El seguro tiene vigencia de un año y lo comenzará a proteger a las 00:00 horas del día siguiente a la fecha de expedición.
- Las coberturas solamente operan en Colombia.
- Tu empresa cuenta con dos años para reclamarle a SURA el pago de una indemnización a partir del momento en que conoce la ocurrencia de uno de los eventos cubiertos. En cualquier caso, la reclamación no podrá presentarse después de cinco años contados a partir del momento en que ocurrió el evento.
- Tu empresa participará en todas las pérdidas cubiertas con un deducible, es decir un porcentaje de lo que SURA te dará. En caso de terremoto, asumirás el 3% del capital de respaldo (mínimo tres salarios mínimos legales vigentes). Para los demás eventos será el 15% de la pérdida cubierta (mínimo medio salario mínimo legal vigente y máximo 5 % del capital de respaldo). Para los eventos de auxilio por interrupción, gastos adicionales y gastos médicos no aplicará deducible.
- El contrato del seguro se terminará por mora en el pago de la prima, cuando lo solicites por escrito a SURA o cuando nosotros lo informemos por escrito con diez días de anticipación.